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GRUPO ATLANTISCorreduría de Seguros

Para quien no está de acuerdo con su aseguradora

Siniestro rechazado o mal valorado

La aseguradora ha rechazado tu siniestro, te ofrece menos de lo que cuesta reparar o no contesta. Revisamos su respuesta frente a tu póliza y te explicamos, por escrito, qué vías tienes y con qué plazos.

Correduría de seguros · DGSFP J-4014 · Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables.

En resumen

  • No firmes la conformidad con prisa
  • Hay plazos que corren: 180 días para impugnar un dictamen pericial
  • Si hace falta abogado, tú eliges cuál

Respuesta corta

¿Qué puedo hacer si la aseguradora rechaza o valora mal mi siniestro?

Pide el motivo por escrito y compáralo con tu póliza. Si el desacuerdo es sobre el importe, puedes nombrar tu propio perito (art. 38 LCS) y, si la aseguradora se retrasa, reclamar intereses de demora (art. 20 LCS). Antes de la vía judicial puedes reclamar al servicio de atención al cliente de la compañía y, pasado un mes, ante la DGSFP.

Revisarlo contigo es parte de nuestro trabajo como corredores.

Coberturas

Qué revisamos según el motivo

Los rechazos y las valoraciones bajas suelen apoyarse en unos pocos argumentos. Para cada uno, esto es lo que miramos.
  • «Está excluido en la póliza»

    Qué revisamos: Si la exclusión existe y si es una cláusula limitativa: en ese caso debe estar destacada de modo especial y aceptada por escrito por ti.

    Art. 3 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)
  • «El capital asegurado era bajo» (regla proporcional)

    Qué revisamos: Si de verdad hay infraseguro, cómo se ha calculado el valor y si la póliza excluye la regla proporcional, algo que se puede pactar.

    Art. 30 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)
  • «No declaraste bien el riesgo»

    Qué revisamos: Qué te preguntaron en el cuestionario y qué contestaste. La reducción debe ser proporcional; solo con dolo o culpa grave la aseguradora queda liberada.

    Art. 10 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)
  • «Avisaste tarde»

    Qué revisamos: El retraso no hace perder la cobertura: permite a la aseguradora reclamar los perjuicios que le haya causado, salvo que ya conociera el siniestro por otro medio.

    Art. 16 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)
  • «Es desgaste, falta de mantenimiento o filtración lenta»

    Qué revisamos: Qué dice exactamente la póliza sobre esa causa, qué ha visto el perito y si hay pruebas del origen súbito del daño.

  • La valoración no llega para reparar

    Qué revisamos: Precios, mediciones y partidas omitidas frente a presupuestos reales, depreciaciones aplicadas y si la póliza es a valor de reposición.

  • Quieren reparar ellos y no pagarte

    Qué revisamos: La aseguradora solo puede sustituir el pago por la reparación o la reposición si la naturaleza del seguro lo permite y tú lo consientes.

    Art. 18 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)
  • No contestan o no pagan

    Qué revisamos: Los plazos: el importe mínimo en 40 días desde la declaración y la mora a los 3 meses del siniestro, con sus intereses, salvo causa justificada.

    Arts. 18 y 20 LCS (BOE, se abre en una ventana nueva)

Las vías para reclamar, de la más sencilla a la judicial

  • Reclamación a la aseguradora

    Quién la lleva
    La correduría, contigo
    Plazo o requisito
    Cuanto antes, sin dejar pasar los plazos del art. 38 LCS
    Coste para ti
    Incluido en nuestro servicio de corredor
  • Perito de parte y peritación contradictoria

    Quién la lleva
    Un perito independiente que elijas
    Plazo o requisito
    8 días para nombrarlo desde que te lo requieren (art. 38 LCS)
    Coste para ti
    Honorarios del perito
  • Servicio de atención al cliente de la aseguradora

    Quién la lleva
    Tú, con nuestra ayuda
    Plazo o requisito
    Por escrito. Para seguir, esperar un mes o la respuesta
    Coste para ti
    Nuestra ayuda va incluida en el servicio de corredor
  • Servicio de Reclamaciones de la DGSFP

    Quién la lleva
    Tú, con nuestra ayuda
    Plazo o requisito
    Después del servicio de atención al cliente. Informe motivado en 90 días naturales
    Coste para ti
    Nuestra ayuda va incluida en el servicio de corredor
  • Reclamación judicial

    Quién la lleva
    ALY Abogados u otro abogado que elijas
    Plazo o requisito
    2 años en seguros de daños (art. 23 LCS); 180 días si impugnas un dictamen pericial (art. 38 LCS)
    Coste para ti
    Honorarios según hoja de encargo, o la defensa jurídica de tu póliza dentro de su límite

Cómo trabajamos

Cómo revisamos tu caso

  1. Paso 1: Nos envías la respuesta de la aseguradora

    La carta de rechazo o la valoración del perito y, si la tienes, la póliza. Con fotos o presupuestos, mejor.

  2. Paso 2: Te llamamos

    Aclaramos qué ha pasado y qué te han dicho.

    En un máximo de 48 horas laborables

  3. Paso 3: Te decimos por escrito si se sostiene

    Comparamos la respuesta con tu póliza y con la ley. Si no merece la pena reclamar, también te lo decimos.

  4. Paso 4: Reclamamos o te orientamos

    Si la póliza está con nosotros, lo reclamamos a la aseguradora y te ayudamos con la atención al cliente y la DGSFP. Si hace falta abogado, eliges tú.

Otro prestador · ALY Abogados

Respaldo jurídico

En la misma sede trabaja ALY Abogados, el despacho de Lázaro Héctor Amable Méndez, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Las Palmas (n.º 5.231).

Si la aseguradora rechaza o valora mal tu siniestro, primero lo revisamos y lo reclamamos como corredores, dentro de nuestro servicio. Si hace falta ir más allá, puedes encargar la reclamación al despacho o a cualquier otro abogado.

La correduría

Te recomienda la póliza, te acompaña en el siniestro y reclama a la aseguradora. Incluido en nuestro servicio de corredor.

El despacho

Revisa jurídicamente el caso y, si decides reclamar, lo lleva con hoja de encargo previa y honorarios propios.

  • Tú eliges: no tienes que contratar el despacho para tener tu seguro con nosotros, ni al revés, y puedes encargar el asunto a otro abogado.
  • Si tu póliza tiene defensa jurídica, te decimos por escrito qué cubre antes de empezar.
  • Si el problema pudiera deberse a un error de la correduría, hay conflicto de intereses: conviene que valore el caso un abogado ajeno a la correduría y al despacho, elegido por ti.
  • Nadie puede garantizar el resultado de una reclamación: te diremos con franqueza si merece la pena.
Quién presta cada servicio y quién paga

Herramienta

Los plazos de la reclamación

Peritación contradictoria, intereses de demora, DGSFP y prescripción, en orden. Los plazos de la Ley de Contrato de Seguro son los generales: revisa también tu póliza.
  1. 40 días

    desde que recibe la declaración

    Importe mínimo

    La aseguradora debe pagar el importe mínimo de lo que pueda deber según lo que conoce, aunque la peritación no haya terminado.

  2. 3 meses

    desde el siniestro

    Intereses de demora

    Si no ha cumplido, debe el interés legal del dinero incrementado en un 50 % y, pasados 2 años, no menos del 20 % anual. No hay mora si el retraso tiene causa justificada o no le es imputable.

  3. 8 días

    desde que te requieren

    Nombrar tu perito

    Si no hay acuerdo sobre el importe, cada parte nombra perito. Si la aseguradora ya nombró el suyo y te requiere, tienes 8 días; si no, quedas vinculado por su dictamen.

  4. 30 días

    desde la aceptación del tercer perito

    Dictamen del tercer perito

    Si los peritos no se ponen de acuerdo, se designa un tercero. Emite su dictamen en el plazo que fijéis las partes o, si no, en 30 días.

  5. 180 días

    desde la notificación del dictamen

    Impugnar el dictamen

    Tú tienes 180 días para impugnarlo judicialmente; la aseguradora, 30. Si nadie lo impugna, es inatacable y la aseguradora debe pagar lo fijado en 5 días.

  6. 1 mes

    desde tu queja al servicio de atención al cliente

    Paso a la DGSFP

    Si pasa un mes sin respuesta, o la rechazan, puedes reclamar ante el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, que tiene 90 días naturales para resolver con un informe motivado.

Quién hace qué

Dos servicios distintos, con nombres distintos

La revisión de la correduría no es un dictamen jurídico. Si quieres una valoración jurídica, es otro prestador y otro encargo.

La correduría

Revisión del siniestro

  • Leemos el rechazo o la valoración frente a tu póliza.
  • Te decimos por escrito si se sostiene y, si no merece la pena reclamar, también.
  • Reclamamos a la aseguradora y te ayudamos con la queja al servicio de atención al cliente y a la DGSFP.

Incluido en nuestro servicio de corredor si la póliza está con nosotros.

Otro prestador · ALY Abogados

Valoración jurídica y reclamación

  • Solo si marcas la casilla, le comunicamos tu expediente para que lo valore.
  • El despacho está sujeto al secreto profesional y es responsable independiente de tus datos.
  • Si decides reclamar, te da antes una hoja de encargo con sus honorarios. Puedes elegir otro abogado.

Lázaro Héctor Amable Méndez, ICALPA n.º 5.231.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Si la póliza está contratada con nosotros, revisar el rechazo o la valoración y reclamarlo a la aseguradora va incluido en nuestro servicio de corredor. Un perito de parte o un abogado, si hacen falta, se pagan aparte y te lo decimos antes de que decidas.

No la firmes con prisa. Antes compara la valoración con presupuestos reales y con tu póliza. Si no hay acuerdo sobre el importe, la Ley de Contrato de Seguro prevé que cada parte nombre perito y, si no se ponen de acuerdo, un tercero (art. 38).

Es el procedimiento del artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro cuando asegurado y aseguradora no se ponen de acuerdo sobre la indemnización: cada uno nombra perito, y si no coinciden, se designa un tercero. El dictamen te vincula salvo que lo impugnes judicialmente en 180 días desde que te lo notifican.

Si no cumple en 3 meses desde el siniestro, o no paga el importe mínimo en 40 días desde la declaración, la ley prevé un interés del legal del dinero incrementado en un 50 %, y no inferior al 20 % anual pasados 2 años. No se aplica si el retraso está justificado o no le es imputable, y lo impone el juez de oficio (art. 20 LCS).

Antes tienes que reclamar por escrito al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente de la aseguradora. Si en un mes no te contestan o te lo rechazan, puedes acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, que emite un informe motivado en un máximo de 90 días naturales. Ese informe no es una sentencia: si la aseguradora no rectifica voluntariamente, la vía para obligarla es la judicial.

No. Es un despacho distinto que trabaja en nuestra misma sede, y solo le pasamos tu expediente si marcas la casilla para ello. Si decides reclamar con un abogado, puedes elegir el que quieras; si eliges el despacho, te dará antes una hoja de encargo con sus honorarios.

Si el problema pudiera deberse a un error de la correduría, por ejemplo un capital mal calculado o una garantía que no se contrató, hay un conflicto de intereses: el abogado no puede defender intereses en conflicto con los suyos propios (art. 51 del Estatuto General de la Abogacía Española). Lo adecuado es que valore el caso un abogado ajeno a la correduría y a ALY Abogados, elegido por ti.

Las acciones del contrato de seguro prescriben a los 2 años en los seguros de daños (art. 23 LCS). Si lo que discutes es un dictamen pericial, el plazo para impugnarlo es de 180 días desde su notificación (art. 38 LCS).

Sin compromiso

Envíanos el rechazo o la valoración

Con la carta de la aseguradora y la póliza podemos decirte si el rechazo se sostiene.

Qué pasa después

  1. Te llamamos en un máximo de 48 horas laborables para aclarar lo que falte.
  2. Revisamos la respuesta de la aseguradora frente a tu póliza y te decimos por escrito qué vías tienes.
  3. Si marcas la casilla, el despacho valora además tu caso; si decides reclamar con él, te da antes una hoja de encargo.

¿Prefieres hablar?

636 345 714WhatsApp (se abre en una ventana nueva)

Lunes a viernes · 9:00 a 20:00

Cuéntanos qué te ha dicho la aseguradora

Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables.

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