Para quien vive de alquiler
Seguro del inquilino
Correduría de seguros · DGSFP J-4014 · Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables.
En resumen
- Contenido: tus muebles y objetos
- RC locativa frente al propietario
- RC general frente a vecinos y terceros
Respuesta corta
¿Qué seguro necesito si vivo de alquiler?
Normalmente, uno que cubra tus cosas (contenido) y tu responsabilidad civil. La locativa te protege frente al propietario, porque el inquilino responde del deterioro de la vivienda salvo que pruebe que no fue culpa suya. La general, frente a vecinos y terceros.
Si el seguro del propietario paga un daño que causaste, su aseguradora puede reclamarte después lo que pagó.
Base legal: Arts. 1563 y 1564 CC (se abre en una ventana nueva) · Art. 43 LCS (se abre en una ventana nueva)
Revisado el 31 de octubre de 2026
Ficha resumen
Qué suele cubrir
- Tus muebles, electrodomésticos, ropa y objetos, frente a incendio, agua, robo y otros riesgos, según la póliza.
- RC locativa: los daños que causas a la vivienda alquilada, si la póliza la incluye.
- RC general o familiar: los daños que causáis tú y quienes viven contigo a terceros.
- Según la póliza: defensa jurídica del inquilino y asistencia en el hogar.
Qué no suele cubrir
- La vivienda en sí (continente): la asegura el propietario.
- El desgaste normal por el uso.
- Las pequeñas reparaciones por el uso ordinario, que son del inquilino (art. 21.4 LAU).
- Los daños causados a propósito.
Franquicias, carencias y límites
- Límite propio para joyas, objetos de valor y aparatos portátiles.
- Sublímite de la RC locativa, a veces más bajo que el de la RC general.
- Franquicias en daños por agua, según la póliza.
Dónde suele fallar en el siniestro
- Póliza sin RC locativa: el seguro del propietario paga y luego te reclama.
- Contenido asegurado por debajo de lo que tienes.
- Objetos de valor sin declarar.
- No hay fotos del estado de la vivienda al entrar.
Qué revisamos nosotros
- Que la RC locativa exista y tenga un límite razonable para la vivienda.
- El capital de contenido y los objetos de valor.
- Si te conviene la defensa jurídica del inquilino.
- Que no tengas dos seguros cubriendo lo mismo.
Coberturas
RC locativa y RC general: dos coberturas distintas
RC locativa frente a RC general
A quién protege
- RC locativa
- Al propietario de la vivienda que alquilas
- RC general o familiar
- A vecinos y otras personas
Qué daños
- RC locativa
- Los que causas a la vivienda alquilada: incendio, agua, explosión, según la póliza
- RC general o familiar
- Los que causas a otros: el agua que baja al vecino, un objeto que cae a la calle
Por qué importa
- RC locativa
- Respondes del deterioro de la vivienda salvo que pruebes que no fue culpa tuya (art. 1563 CC)
- RC general o familiar
- Respondes de los daños que causas a terceros por culpa o negligencia
Suele venir incluida
- RC locativa
- Según póliza
- RC general o familiar
- Según póliza
Qué revisamos
- RC locativa
- Que exista como garantía propia y su límite
- RC general o familiar
- El límite y si cubre a todos los que viven contigo
Quién asegura qué en una vivienda alquilada
Continente (la vivienda)
- Seguro del propietario
- Propietario
- Seguro del inquilino
- No
Muebles del propietario
- Seguro del propietario
- Propietario
- Seguro del inquilino
- No
Muebles y objetos del inquilino
- Seguro del propietario
- No
- Seguro del inquilino
- Inquilino
Daños de la vivienda a terceros (por el inmueble)
- Seguro del propietario
- Propietario: RC del arrendador
- Seguro del inquilino
- No
Daños que el inquilino causa a terceros
- Seguro del propietario
- No
- Seguro del inquilino
- Inquilino: RC general o familiar
Daños que el inquilino causa a la viviendaArt. 43 LCS
- Seguro del propietario
- Puede pagarlos su póliza y reclamar al inquilino
- Seguro del inquilino
- Inquilino: RC locativa
Renta impagadaArt. 36.5 LAU
- Seguro del propietario
- Propietario: seguro de impago
- Seguro del inquilino
- No se le puede exigir
Cómo trabajamos
Cómo trabajamos
Paso 1: Nos cuentas tu vivienda
Municipio, superficie aproximada y el valor de tus cosas.
Paso 2: Revisamos lo que ya tienes
Si ya tienes seguro o el contrato te pide uno, lo comprobamos.
En un máximo de 48 horas laborables
Paso 3: Te presentamos las opciones
De las aseguradoras con las que trabajamos (Plus Ultra y Mutua de Propietarios), por escrito.
Defensa jurídica del inquilino
Para recuperar la fianza y defender tu contrato
Recuperar la fianza
Reclamar la fianza que no te devuelven. Pasado un mes desde que entregas las llaves, el saldo pendiente devenga el interés legal (art. 36.4 LAU).Reparaciones que no llegan
Las reparaciones necesarias para la habitabilidad son del propietario. La LAU fija un procedimiento por escrito para reclamarlas (art. 21.5 LAU).Conflictos por el contrato
Discrepancias sobre la renta, los gastos o la duración del contrato, según lo que incluya la póliza y con su límite de honorarios.
Herramienta
¿Qué póliza responde?
Se te sale el agua de la lavadora y llega al piso de abajo
Los daños del vecino, tu RC general. Los de la vivienda que alquilas, tu RC locativa o el seguro del propietario.
Un descuido en la cocina provoca un pequeño incendio
Puede pagarlo el seguro del propietario, que después puede reclamarte lo que pagó (art. 43 LCS). Con RC locativa, responde tu póliza.
Te roban en casa
Tus cosas, tu seguro de contenido, si incluye robo. El seguro del propietario no cubre lo tuyo.
Revienta una tubería empotrada por vejez
Es una reparación necesaria a cargo del propietario (art. 21 LAU) y, en su caso, de su seguro de continente. Tus muebles dañados, tu contenido.
Al irte, el casero no te devuelve la fianza
Si tu póliza incluye defensa jurídica del inquilino, puede pagar la reclamación. El saldo de la fianza devenga interés legal pasado un mes desde que entregas las llaves (art. 36.4 LAU).
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
Sin compromiso
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Qué pasa después
- Revisamos tus datos y, si nos la envías, tu póliza actual.
- Te contactamos en un máximo de 48 horas laborables para aclarar lo que falte.
- Si te interesa, pedimos ofertas a las aseguradoras con las que trabajamos y te explicamos las diferencias por escrito.
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