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GRUPO ATLANTISCorreduría de Seguros

Para herederos y propietarios de viviendas sin uso

Seguro de vivienda vacía

Una casa sin nadie dentro tiene riesgos distintos: una fuga que nadie ve en semanas, un robo que se descubre tarde o una ocupación. Revisamos si tu póliza sabe que la vivienda está vacía y si cubre lo que necesitas.

Correduría de seguros · DGSFP J-4014 · Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables.

En resumen

  • Que la vivienda quede vacía se comunica a la aseguradora (art. 11 LCS)
  • La cobertura de ocupación ilegal no cubre impagos y suele tener carencia
  • Si la heredas, revisa quién es el tomador y desde qué cuenta se pagan los recibos

Respuesta corta

¿Cubre el seguro de hogar una vivienda que está vacía?

Depende de la póliza. Muchas preguntan si la vivienda está habitada y limitan algunas garantías, como el robo o los daños por agua, cuando queda deshabitada.

Si la casa pasa a estar vacía, hay que comunicarlo a la aseguradora en cuanto se pueda, porque puede agravar el riesgo. Si no se comunica y hay un siniestro, la indemnización puede reducirse y, con mala fe, perderse (arts. 11 y 12 LCS).

Base legal: Arts. 11, 12 y 34 LCS (se abre en una ventana nueva)

Revisado el 31 de octubre de 2026

Ficha resumen

Qué suele cubrir

  • Continente: daños a la vivienda por incendio, agua, fenómenos atmosféricos y otros, según la póliza.
  • Responsabilidad civil como propietario: si el agua de tu vivienda daña al vecino o se desprende algo de la fachada.
  • Robo y actos vandálicos, con las condiciones que fije la póliza para viviendas deshabitadas.
  • Según la póliza, una garantía de ocupación ilegal con defensa jurídica y gastos para recuperar la vivienda.

Qué no suele cubrir

  • El impago de un inquilino: es otro seguro.
  • Los daños por falta de mantenimiento, como una tubería que pierde durante meses.
  • En muchas pólizas, el robo cuando la vivienda lleva vacía más tiempo del que admiten.
  • Las ocupaciones que ya existían al contratar o que empiezan dentro de la carencia.

Franquicias, carencias y límites

  • Carencia en la garantía de ocupación ilegal desde el alta, según la póliza.
  • Número de días seguidos sin ocupar a partir del cual la póliza limita garantías.
  • Límites para el contenido en una vivienda sin uso.

Dónde suele fallar en el siniestro

  • No comunicar a la aseguradora que la vivienda está vacía.
  • Recibos cargados en la cuenta de una persona fallecida que se devuelven: la cobertura se suspende un mes después del vencimiento (art. 15 LCS).
  • Herederos que no saben que había póliza.
  • No cerrar el agua ni pasar a revisar la vivienda.
  • Contratar la cobertura de ocupación cuando ya hay alguien dentro.

Qué revisamos nosotros

  • Si tu póliza cubre la vivienda deshabitada y en qué condiciones.
  • Quién es tomador y asegurado, y a quién se pagaría la indemnización.
  • Recibos pendientes y domiciliación.
  • Garantías de agua, robo y responsabilidad civil.
  • Ocupación ilegal: carencia, qué incluye y con qué límites.

Coberturas

Tres situaciones, tres revisiones

Una vivienda vacía no es siempre igual. Esto es lo primero que miramos en cada caso.
  • Vivienda heredada

    Mientras se tramita la herencia, la casa suele quedarse cerrada y los recibos, a nombre de quien falleció.
    • Busca si había póliza y quién figura como tomador
    • Comunica a la aseguradora el fallecimiento y quiénes son los herederos
    • Comprueba que los recibos se pagan desde una cuenta activa
  • Entre dos inquilinos

    Unas semanas o unos meses sin nadie, con obras de puesta a punto o visitas de posibles inquilinos.
    • Avisa a la aseguradora si va a estar vacía más tiempo del que admite la póliza
    • Si hay obras, revisa si la póliza las cubre
    • Haz fotos del estado de la vivienda al salir el inquilino
  • Segunda residencia

    Se usa algunas semanas al año. El resto del tiempo, una fuga o un robo pueden tardar en descubrirse.
    • Declara en la póliza que no es tu vivienda habitual
    • Cierra la llave general del agua al irte
    • Si la alquilas a turistas, es otra póliza

Cómo trabajamos

Cómo lo revisamos

  1. Paso 1: Nos cuentas la situación

    Por qué está vacía, cuánto tiempo seguirá así y si ya tiene póliza.

  2. Paso 2: Te llamamos

    Aclaramos lo que falte: visitas, suministros, herederos, planes para la vivienda.

    Te contactamos en un máximo de 48 horas laborables

  3. Paso 3: Revisamos la póliza actual

    Si cubre la vivienda deshabitada, quién figura en ella y si los recibos están al día.

  4. Paso 4: Te proponemos qué hacer

    Ajustar la póliza, comunicar el cambio a la aseguradora o pedir opciones a las aseguradoras con las que trabajamos.

Herramienta

Antes de dejar la casa vacía

Siete preguntas. Contesta y te diremos qué conviene revisar.
  1. ¿Sabe tu aseguradora que la vivienda está vacía?
  2. ¿La póliza está a nombre de quien es hoy propietario?
  3. ¿Los recibos se cargan en una cuenta activa?
  4. ¿Has cerrado la llave general del agua?
  5. ¿Alguien la visita con regularidad?
  6. ¿Tienes fotos actuales del estado de la vivienda?
  7. ¿Sabes si tu póliza cubre la ocupación ilegal y desde cuándo?

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Lo define cada póliza, normalmente por un número de días seguidos sin que nadie viva en ella. A partir de ahí algunas pólizas limitan o excluyen garantías como el robo o los daños por agua. Hay que leer la definición en las condiciones de tu póliza.

Sí, si la póliza pregunta por ello o si es una circunstancia que agrava el riesgo. La ley obliga a comunicar esas circunstancias tan pronto como sea posible. Si no se comunican y hay un siniestro, la indemnización se reduce en proporción a la prima y, si hubo mala fe, la aseguradora queda liberada (arts. 11 y 12 de la Ley de Contrato de Seguro).

Normalmente la póliza no se extingue por el fallecimiento, pero hay que ponerla al día. Cuando se transmite el bien asegurado, quien lo adquiere se subroga en el contrato y la transmisión se comunica por escrito a la aseguradora en quince días; los herederos responden de las primas vencidas (art. 34 de la Ley de Contrato de Seguro). La aseguradora y el nuevo titular pueden rescindir el contrato en los plazos del art. 35. Revisa también que los recibos no se carguen en una cuenta bloqueada.

No. La ocupación ilegal y el impago del alquiler son riesgos distintos. Para el impago existe el seguro de impago de alquiler, que contrata y paga el propietario.

Depende de la póliza. Es habitual que tenga un periodo de carencia desde la contratación y que no cubra ocupaciones que ya existían o que empiezan dentro de ese periodo. Por eso conviene contratarla antes de dejar la vivienda vacía.

No hay una ley que obligue a asegurarla, pero mientras sea tuya respondes de los daños que cause, por ejemplo una fuga al vecino o un desprendimiento de fachada. Una póliza con responsabilidad civil y continente evita pagarlos de tu bolsillo.

Entonces deja de ser una vivienda vacía y pasa a tener uso turístico. Hay que declararlo en la póliza y revisar la responsabilidad civil frente a los huéspedes. Lo explicamos en la página de seguro de vivienda vacacional.

Sin compromiso

Pide el estudio para tu vivienda vacía

Dinos por qué está vacía y cuánto tiempo seguirá así. Si tiene póliza, adjúntala y te decimos si la cubre bien.

Qué pasa después

  1. Revisamos tus datos y, si nos la envías, tu póliza actual.
  2. Te contactamos en un máximo de 48 horas laborables para aclarar lo que falte.
  3. Si te interesa, pedimos ofertas a las aseguradoras con las que trabajamos y te explicamos las diferencias por escrito.

¿Prefieres hablar?

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