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GRUPO ATLANTISCorreduría de Seguros

Para quien ya tiene seguro

Cambiar de corredor sin cambiar de póliza

Si tu póliza es de una aseguradora con la que trabajamos, puedes nombrarnos tu corredor con una carta firmada. La póliza sigue siendo la misma; cambia quién te asesora y te acompaña en los siniestros.

En resumen

Basta tu consentimiento como tomador.

No cancelas ni cambias la póliza.

La carta la enviamos nosotros en tu nombre.

Respuesta corta

¿Se puede cambiar de corredor con la póliza en vigor?

Sí. La ley exige el consentimiento del tomador para cambiar el mediador de un contrato en vigor, y permite que el nuevo corredor comunique el cambio a la aseguradora en su nombre si está autorizado expresamente. Revisado el 31 de octubre de 2026.

Qué cambia y qué no

Cambias de corredor, no de seguro

Cambia

  • Quién te asesora sobre la póliza y sus renovaciones.
  • A quién llamas cuando tienes un siniestro y quién lo sigue con la aseguradora.
  • A quién pides que revise las cláusulas o compare ofertas.

No cambia

  • La aseguradora y el número de póliza.
  • Las coberturas, los límites, las franquicias y el vencimiento.
  • Los siniestros abiertos, que siguen su curso con la aseguradora.

Cómo se hace

Cuatro pasos

Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables desde que nos envías la póliza.

  1. Envíanos la póliza o el último recibo

    Con eso vemos la aseguradora, el número de póliza, el tomador y el vencimiento.

  2. Comprobamos que podemos mediarla

    Trabajamos con Plus Ultra y Mutua de Propietarios. Si tu póliza es de otra compañía, te lo decimos con claridad y te explicamos las alternativas.

  3. Firmas la carta de nombramiento

    La firma el tomador del seguro. En una comunidad, su presidente; en una empresa, quien la represente.

  4. La enviamos a la aseguradora en tu nombre

    Con tu autorización expresa, nuestra comunicación tiene el mismo efecto que si la enviaras tú (art. 156.5 del Real Decreto-ley 3/2020). Te avisamos cuando la aseguradora confirme el cambio.

Modelo copiable

Carta de nombramiento

Rellena los corchetes, fírmala y envíanosla. Una carta por póliza, o una con la lista de pólizas si todas son de la misma aseguradora.

Carta de nombramiento de corredor de seguros

Firma el tomador del seguro o su representante.

Dudas

Preguntas frecuentes

No. La póliza, la aseguradora y las condiciones siguen siendo las mismas. Cambia el mediador que te asesora y te asiste en los siniestros. La ley solo exige tu consentimiento como tomador (art. 156.5 del Real Decreto-ley 3/2020).

El presidente, porque representa legalmente a la comunidad en todos los asuntos que la afecten (art. 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal). Si la comunidad tiene administrador, conviene coordinarlo con él y que la junta esté informada.

No es necesario para que el cambio produzca efecto ante la aseguradora, que es quien lo registra. Puedes hacerlo si quieres, por cortesía o para pedirle documentación de tus siniestros.

El contrato de seguro es el mismo, así que conservas sus coberturas, su vencimiento y su historial. La prima la sigue fijando la aseguradora en cada renovación, como antes.

Entonces cuenta con el vencimiento: para que tu póliza actual no se renueve tienes que oponerte por escrito con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento (art. 22 de la Ley de Contrato de Seguro). Te ayudamos a comparar antes de esa fecha.

No tiene coste aparte. Nuestra remuneración es una comisión que paga la aseguradora y que va incluida en la prima del seguro.

Sin compromiso

Te ayudamos a cambiar de corredor

Cuéntanos qué póliza tienes y, si puedes, adjunta el último recibo. Te decimos si podemos mediarla y preparamos la carta.

Qué pasa después

  1. Revisamos la póliza o el recibo que nos envías.
  2. Te contactamos en un máximo de 48 horas laborables y te decimos si podemos mediarla.
  3. Si es así, te preparamos la carta para firmar y la enviamos a la aseguradora.

¿Prefieres hablar?

636 345 714WhatsApp (se abre en una ventana nueva)

Lunes a viernes · 9:00 a 20:00

Cuéntanos qué necesitas

Te respondemos en un máximo de 48 horas laborables.

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