Carta al banco
Con la póliza nueva y el justificante de pago. Pide que te confirmen la aceptación por escrito.
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Para quien tiene hipoteca
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En resumen
Respuesta corta
Sí. El banco puede exigir un seguro de daños sobre la vivienda hipotecada, pero debe aceptar pólizas alternativas con condiciones y prestaciones equivalentes, tanto al firmar como en cada renovación. No puede cobrar por analizarlas y aceptarlas no puede empeorar las condiciones del préstamo (art. 17.3 de la Ley 5/2019).
Para cambiar al vencimiento, avisa por escrito a la aseguradora actual con al menos un mes de antelación (art. 22 LCS).
Base legal: Art. 17.3 Ley 5/2019 (se abre en una ventana nueva) · Arts. 22 y 40 LCS (se abre en una ventana nueva)
Revisado el 31 de octubre de 2026
Orientación general sobre el art. 17.3 de la Ley 5/2019. Cada préstamo tiene sus condiciones: las leemos contigo.
Coberturas
Qué exige el banco y qué comprobamos en la póliza alternativa
Capital del continente
Riesgos cubiertos
El banco en la póliza
Contenido, responsabilidad civil y asistencia
Fechas
Bonificación del tipo de interés
Cómo trabajamos
El último recibo o la póliza del banco y, si la tienes a mano, la escritura o la oferta vinculante.
Repasamos el préstamo, la bonificación y la fecha de vencimiento.
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Por escrito: si hay una póliza equivalente de las aseguradoras con las que trabajamos y si el cambio compensa contando la bonificación.
Contratas la nueva póliza con efecto antes del vencimiento, envías la carta al banco y la oposición a la prórroga a la aseguradora actual.
Herramienta
Con la póliza nueva y el justificante de pago. Pide que te confirmen la aceptación por escrito.
Oposición a la prórroga: al menos un mes antes del vencimiento (art. 22.2 LCS).
Preguntas frecuentes
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