Para imprimir y tener a mano
Recursos
Listas de comprobación y un cartel para el portal, pensados para imprimir en A4 o guardar en PDF. Con los plazos de la ley citados y revisados el 31 de octubre de 2026.
Lista 1 · Siniestros
Qué hacer en un siniestro
Marca cada paso. Los plazos son los de la Ley de Contrato de Seguro; tu póliza puede dar más plazo, nunca menos.
En las primeras horas
Ahora- Si hay riesgo para las personas, llama al 112.
- Si tu póliza incluye asistencia, llama a su teléfono: figura en la póliza.
- Corta el agua, el gas o la luz si puedes hacerlo sin riesgo.
- Haz lo razonable para que el daño no vaya a más: la ley te lo exige y los gastos razonables de salvamento los asume la aseguradora hasta el límite del contrato (art. 17 LCS).
- Haz fotos y vídeos del daño y de su origen antes de limpiar o reparar.
- Guarda las piezas y objetos dañados hasta que la aseguradora diga qué hacer con ellos.
En los 7 días siguientes
Plazo legal- Comunica el siniestro a la aseguradora o a tu corredor en un máximo de 7 días desde que lo conoces, salvo que tu póliza dé más plazo (art. 16 LCS).
- Si avisas tarde, no pierdes el seguro por eso, pero la aseguradora puede reclamarte los daños y perjuicios que le cause el retraso.
- Apunta el número de siniestro que te den y el nombre de quien te atiende.
- Si hay vecinos u otros afectados, toma sus datos y los de sus aseguradoras.
En los 5 días siguientes al aviso
Plazo legal- Envía por escrito la relación de lo que había, lo que se ha salvado y tu estimación de los daños (art. 38 LCS).
- Reúne facturas, presupuestos y fotos anteriores que prueben lo que tenías.
Mientras se tramita
- Da a la aseguradora la información que te pida sobre las circunstancias del siniestro (art. 16 LCS).
- No firmes reconocimientos de responsabilidad ante terceros sin consultarlo antes con tu aseguradora o con tu corredor.
- No repares lo importante sin el visto bueno del perito, salvo lo urgente para evitar más daños; documenta lo que hagas.
- Guarda por escrito todas las comunicaciones.
Si no estás de acuerdo con la valoración
- Puedes nombrar tu propio perito; si no hay acuerdo entre los peritos, se designa un tercero (art. 38 LCS).
- El asegurado tiene 180 días desde la notificación para impugnar judicialmente el dictamen de los peritos; después es inatacable (art. 38 LCS).
- Las acciones del seguro de daños prescriben a los 2 años (art. 23 LCS).
Si es un fenómeno extraordinario
- Inundación extraordinaria, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, terremoto o maremoto: puede pagar el Consorcio de Compensación de Seguros si tienes una póliza que lo incluya (art. 6 del Estatuto Legal del Consorcio).
- La lluvia o el viento que no alcanzan ese carácter extraordinario se reclaman a tu aseguradora, según tu póliza.
Lista 2 · Comunidades
Cartel para el portal
Imprímelo, rellena los huecos a mano y cuélgalo en el tablón. Así cualquier vecino sabe a quién llamar.
Si hay un siniestro en el edificio
- 1Si hay riesgo para las personas, llama al 112.
- 2Si la póliza de la comunidad incluye asistencia, llama a su teléfono.
- 3Si es agua, cierra la llave de paso.
- 4Haz fotos antes de limpiar o reparar.
- 5Avisa hoy al administrador o al presidente.
- 6El siniestro se comunica a la aseguradora en un máximo de 7 días, salvo que la póliza dé más plazo.
Corredor de seguros: Grupo Atlantis · Correduría de Seguros · 636 345 714 · info@segurosatlantis.es
DGSFP J-4014
Lista 3 · Alquiler
Kit de entrada y salida del inquilino
La prueba del estado de la vivienda decide muchas discusiones, con el inquilino y con la aseguradora. Hazla en tres momentos y firmadla los dos.
A la entrada
Entrega de llaves- Fecha y hora de entrega de llaves, y número de llaves, mandos y tarjetas.
- Lectura de los contadores de agua, luz y gas.
- Estado de cada estancia, con fotos fechadas de suelos, paredes, techos, carpintería y sanitarios.
- Inventario de muebles y electrodomésticos, con su estado y, si se puede, su marca y modelo.
- Firma de las dos partes en cada hoja y copia para cada una.
Durante el contrato
- Comunica las averías por escrito, con fecha y fotos.
- Guarda los justificantes de las reparaciones que haga cada parte.
- Comprueba quién asegura qué: el continente suele asegurarlo el propietario y el contenido del inquilino, el inquilino.
A la salida
Devolución de llaves- Revisad juntos la vivienda con el acta de entrega y las fotos de la entrada.
- Firmad el documento de finalización del arrendamiento con el estado de la vivienda (art. 36.7 LAU).
- Si hay desperfectos, descríbelos en ese documento con fotos fechadas: si no constan, se presume que la vivienda se entregó en estado adecuado, salvo prueba en contrario.
- Anota la lectura final de los contadores y las llaves devueltas.
- Liquida la fianza: si el saldo no se devuelve en un mes desde la entrega de llaves, devenga el interés legal (art. 36.4 LAU).
Acta de estado por estancias
Rellénala a la entrada y repásala a la salida. Indica el número de las fotos que acreditan cada estado.
| Estancia | Estado a la entrada | Estado a la salida | Fotos (n.º) |
|---|---|---|---|
| Entrada y pasillo | |||
| Salón | |||
| Cocina | |||
| Dormitorio 1 | |||
| Dormitorio 2 | |||
| Baño | |||
| Terraza o balcón | |||
| Otros |
El Código Civil ya establece que el arrendatario debe devolver la finca tal como la recibió, salvo lo que se haya deteriorado por el tiempo o por causa inevitable, y que, si no se describió su estado al arrendarla, se presume recibida en buen estado (arts. 1561 y 1562).
Lista 4 · Renovación
10 decisiones antes de renovar tu póliza
Repásalas con tu póliza delante unos tres meses antes del vencimiento: así llegas a tiempo de cambiar si hace falta.
¿Renuevas o cambias?
Si no quieres que la póliza se prorrogue, comunícalo por escrito con al menos un mes de antelación al vencimiento. Apunta la fecha límite.
Art. 22.2 LCS
¿Te han avisado de cambios?
La aseguradora debe comunicarte cualquier modificación del contrato con al menos dos meses de antelación al vencimiento. Compara el recibo nuevo con el anterior.
Art. 22.3 LCS
¿El capital alcanza?
Si el capital asegurado es inferior al valor real, la aseguradora indemniza en proporción, salvo que la póliza excluya la regla proporcional.
Art. 30 LCS
¿Ha cambiado el riesgo?
Obras, alquiler, uso vacacional, vivienda vacía, un local nuevo en el edificio: comunica a la aseguradora lo que agrave el riesgo en cuanto puedas.
Art. 11 LCS
¿Cuánto pagas tú en cada siniestro?
Revisa las franquicias de cada garantía y decide si te compensa una franquicia más alta o más baja.
¿Qué sublímites tiene?
Daños por agua, localización de fugas, cristales, daños eléctricos, robo: mira el límite de cada garantía, no solo el capital total.
¿La responsabilidad civil es suficiente?
Comprueba el límite por siniestro y a quién cubre: la comunidad, el propietario que alquila, el inquilino, el perro.
¿Qué incluye la defensa jurídica?
Qué reclamaciones cubre, con qué límite de gastos y cuánto paga si eliges tu propio abogado.
¿Has firmado las cláusulas limitativas?
Las cláusulas que limitan tus derechos deben estar destacadas y aceptadas por escrito. Localízalas y léelas.
Art. 3 LCS
¿El recibo está al día y domiciliado donde toca?
Si no pagas una prima de renovación, la cobertura queda suspendida un mes después del vencimiento. Comprueba la cuenta y la fecha de cargo.
Art. 15 LCS
Dudas
Preguntas frecuentes
- Cada lista se imprime sola, en A4.
- Sin el menú ni el pie de la web.
- Puedes guardarla en PDF desde el diálogo de impresión.